La inexistente letra pequeña del contrato de seguro

Después del primer aniversario, me he propuesto escribir un poco más sobre conceptos básicos de seguros.
Pero antes, quiero hablar de un concepto, que por desgracia, en muchas ocasiones, va unido a la idea que tienen los consumidores sobre el seguro.

Me estoy refiriendo, la famosa letra pequeña, de las pólizas del seguro de coche, o de cualquier otro ramo, que ha hecho mucho daño, a la imagen del sector asegurador, pero que desde que yo estudie, hace años, ya no existe, pero aún así sigue siendo algo muy popular y que siempre surje cuando se habla de seguros.
Todo el mundo, cuando digo que trabajo en seguros, al final saca el famoso tema,de que las aseguradoras, siempre usan la letra pequeña, y siempre consiguen sacarme de las casillas, (no de Iker).
Según, la legislación española de seguros, y en concreto en la ley del contrato de seguro, en su artículo 3, las cláusulas limitativas y las exclusiones del contrato de seguro, deben estar DESTACADAS, y las aseguradoras, siempre destacan las exclusiones en negrita y/o en MAYÚSCULAS
Antes de escribir el post, he echado una ojeada a diferentes condicionados, distintas compañías y en todos he podido comprobar, que las exclusiones aparecen resaltadas, normalmente en negrita.
Artículo 3
Las condiciones generales, que en ningún caso podrán tener carácter lesivo para los asegurados, habrán de incluirse por el asegurador en la proposición de seguro si la hubiere y necesariamente en la póliza de contrato o en un documento complementario, que se suscribirá por el asegurado y al que se entregará copia del mismo. Las condiciones generales y particulares se redactarán de forma clara y precisa. Se destacarán de modo especial las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados, que deberán ser específicamente aceptadas por escrito.
Las condiciones generales del contrato estarán sometidas a la vigilancia de la Administración pública en los términos previstos por la ley.
Declarada por el Tribunal Supremo la nulidad de alguna de las cláusulas de las condiciones generales de un contrato la Administración pública competenteobligará a los aseguradores a modificar las cláusulas idénticas contenidas en sus pólizas.

El fundamento jurídico, acepta, que no se tengan que firmar cada una de las claúsulas límitativas del seguro, ya que haría inviable la comercialización de los seguros, y se entiende, que al firmar la documentación, o al cumplir los requisitos de la contratación electrónica, el tomador está aceptando los términos del contrato de seguro.

Respecto a la facilidad de comprensión de la documentación del seguro, no sólo aparece en la Ley del Contrato de Seguro, sino también en el artículo 76 «Pólizas y tarifas de primas» del Reglamento de Ordenación del Seguro Privado

Con esto no quiero decir, que todas las pólizas del sector asegurador, sean perfectamente claras, y comprensibles, y por eso las aseguradoras, deben dirigir sus esfuerzos en esa dirección, tal y como indicaba Ricardo Lozano, director general de la DGS, durante la presentación de la Memoria Social de UNESPA:
«También resulta imprescindible reclamar un esfuerzo por parte de las entidades para reforzar la transparencia en aquellos aspectos más delicados de su relación con los asegurados, como es el caso de la entrega de información a los clientes en materia de gastos, coberturas, características técnicas de los productos más complejos»

Al problema anterior, se le une que casi nunca nos leemos el condicionado general, hasta que tenemos un siniestro, y que es cuando empiezan las quejas, porque siempre queremos que el seguro del coche nos lo cubra todo.
También hay que reconocer, que en ocasiones, cuando se contrata el seguro con un mediador, no nos informa de forma correcta, y cuando contratamos nuestro seguro de coche por internet, no perdemos mucho tiempo viendo las coberturas, sólo nos preocupamos de visitar, las cada vez más numerosas compañías de seguros de coches on line, para ver cual es más barata, aunque otro inconveniente, es que todavía existen compañias de seguros de coches, que no cumplen con la legislación vigente de venta de servicios financieros a distancia y no facilitan el condicionado general del seguro de coche que estamos pensando en adquirir, hasta que no hemos pinchado en el botón de contratar, una vez hemos dado la información de pago.

Como conclusión, lo que hay que hacer es leerse antes de contratar, las coberturas del seguro de coche que queremos, para evitar luego, decir que la aseguradora me estafo con la letra pequeña, que es algo que todo el mundo que tiene un problema con el seguro lo achaca a eso, y nadie reconoce, que no se paró a leerse el condicionado, porque claro, era demasiado largo, sin embargo, seguramente, si se sabrá perfectamente, todos las características técnicas de su coche.
De todas formas, en el caso de que finalmente, tengamos un problema, esto no implica que debamos renunciar a nuestro derecho a reclamar a la asegurador, e incluso presentarla en la DGS, pero de eso ya hablare otro dia.

Por cierto, y como sé que lo leerá, he de decir, que no me parece bien, que arpem, tenga una sección, que ha denominado la «letra pequeña» y en esta sección, lo que hace es informar, y muy bien por cierto, de situaciones que se puedan dar durante la vida de la póliza, y explica las coberturas que se pueden contratar con el seguro del coche.
La verdad es que me extraña, que desde una web, que como ya dije en el pasado, por activa y pasiva, aporta un gran valor añadido y es una web de referencia del sector asegurador, y que da una gran ayuda a los internautas, para conocer más profundamente los seguros de coches, y que yo uso continuamente, y pongo enlaces en todo lo relacionado con los conceptos básicos del seguro de coche y otros aspectos legales del seguro, siga utilizando este concepto en su web, fomentando entre los miles de visitantes de su web, este «leitmotiv» asociado al seguro.

Después de haber terminado de escribir, he descubierto un documento muy interesante, de Criterios del Servicio de Reclamaciones, respecto a las cláusulas limitativas. Os recomiendo que le echéis una ojeada.

Etiquetas: , , , , , , , ,

5 respuestas to “La inexistente letra pequeña del contrato de seguro”

  1. jose luis esteo Says:

    Hola a todos.

    Jejejeje, por »alusiones», me toca responder.

    Desde siempre, desde el inicio, lo que se pretende en Arpem es dar una visión del seguro desde el punto de vista del usuario, y utilizar términos »coloquiales» que todos los usuarios podamos entender. Se trata, solamente, de que los usuarios podamos entender aquello que pensamos que es complicado entender, y utilizar términos mas afines a un »lenguaje de los usuarios».

    Voy a poner un ejemplo práctico muy sencillito, en otro sector, en otro ámbito, fuera del mundo del seguro, y que seguramente os resulta conocido como usuarios, pero totalmente desconocido en el mundo técnico y que solo los que han estudiado la materia pueden seguir…

    Si preguntamos a 100 usuarios »de a pie» que es la AM y que es la FM, seguramente nos dirán que es donde escuchamos la radio cuando nos montamos en el coche para ir al trabajo todas las mañanas.

    Si preguntamos a 100 técnicos de telecomunicaciones que es la FM y la AM, seguramente nos dirán que es una señal compuesta por una señal portadora y una señal de información que en un caso se modulada en frecuencia y en el otro caso en amplitud.

    Tanto los 100 técnicos como los 100 usuarios »de a pie» están hablando de una misma cosa, pero cada uno lo hace en los términos que conoce y entiende.

    Por ese motivo, lo que siempre se ha pretendido en Arpem.com es utilizar términos coloquiales para acercar a los usuarios al seguro, ayudar a comprender un mundo que a veces puede resultar complicado entender.

    Pero claro, no se trata solo de eso, sino de llegar hasta el fondo, e intentar ayudar al usuario a entender qué es realmente una señal AM, y qué es una FM, y que él pueda descubrir, con términos que conozca, qué es y como funciona, y qué le puede interesar en su caso concreto.

    Siguiendo con el ejemplo anterior, lo que se pretende es que cuando un usuario va a una tienda a comprar una radio, aparte de que se escuche, lo que se pretende es que el usuario pueda comprender que la FM se está mas protegida frente a interferencias y por eso es mejor para música aunque tiene menos alcance, y que la AM como inconveniente tiene las interferencias, pero la ventaja de que, por la banda de frecuencias que utiliza, tiene mas alcance y si lo que se pretende es escuchar noticias y viajar fuera de tu ciudad, será mas apropiada por la cobertura que tiene.

    Y luego se va rizando el rizo, y ya puestos a llegar al fondo, intentar explicar, en términos amigables, que la AM tiene mas alcance porque las señales »rebotan» en la atmósfera por la longitud de onda que tiene la señal portadora, y que tiene un problema por que su ancho de banda es muy grande y debido a la cogestión del espectro radioeléctrico hay fórmulas mas eficazes como la modulación digital de »1» y »0»… esto… llegados a este punto… ¿qué hago yo hablando de ondas hertzianas si esto es un tema de seguros? :-DDD

    A pesar de todo, también entono el »me culpa» por no saber expresar algunas veces las cosas tan bien como debería.

    Pero de todo se aprende!!!

    José
    http://www.arpem.com

  2. José Luis Cendrero Says:

    Es cierto: hay que leerse todo el contrato que estamos firmando. Claro que también habría que leerse el programa electoral del partido político al que votamos.

    Pero una cosa es el ser y otra el deber ser…

    Cambios en la Ley de Contrato de Seguro (adaptándola a los nuevos tiempos, a los cambios que el propio mercado ha ido introduciendo…) y otras cuestiones similares también ayudarían.

  3. AfdA Says:

    Proponeis un imposible.

    Alquien que haya ojeado unas condiciones generales de un contrato de seguro sabe que es imposible leerse tres antes de contratar tu seguro. Multiplica por cada seguro que tienes… auto, hogar, vida…

    Solo nos dedicariamos a leer condicionados en nuestro tiempo libre…

    Para esto estan los mediadores de seguros. Ellos los conocen, y te pueden hacer un «resumen» o aclararte cualquier duda en 1 minuto. Mucho mas practico que leerte todos los del mercado. Que para eso ya esta el Arpem :p

    Saludos!!

    ò_ó

  4. Telecinco sigue empeñado en dar mala imagen a los seguros « Seguro de coche y mas Says:

    […] ventas basadas en malinformar a los tomadores, promoción engañosa y encima sacando a relucir, la famosa letra pequeña, que tanto crítique en uno de mis últimos posts, ya que la propia Ley del Contrato de Seguro la […]

  5. Arpem lanza el primer comparador de calidad - precio de seguros de coches « Seguro de coche y mas Says:

    […] que no me gustaba, y que encima ahora, resalta todavía más que antes, me estoy refiriendo a la sección de letra pequeña. La verdad es que podía hacer algo del estilo con los créditos, porque yo últimamente, he tenido […]

Deja un comentario